Prescripción fiscalización sunat: plazos y defensa

En el ámbito tributario peruano, la prescripción fiscalización SUNAT es un tema crucial que define el tiempo límite para que la SUNAT pueda realizar una fiscalización y determinar una deuda tributaria. Comprender este concepto es vital para cualquier contribuyente, ya que puede determinar si una deuda tributaria puede ser reclamada o no.

Índice de Contenido

¿Qué es la Prescripción Fiscalización SUNAT?

La prescripción fiscalización SUNAT es el plazo máximo que tiene la SUNAT para iniciar una fiscalización y determinar una deuda tributaria. Este plazo comienza a contar desde el día siguiente en que se produce el hecho generador del tributo, es decir, el momento en que se realiza la operación o actividad que genera la obligación tributaria.

Una vez que este plazo prescribe, la SUNAT ya no puede iniciar una fiscalización para determinar la deuda tributaria. Sin embargo, esto no significa que la deuda tributaria desaparezca. La prescripción solo afecta la posibilidad de la SUNAT de realizar una fiscalización, pero no la obligación del contribuyente de pagar la deuda.

Plazos de Prescripción Fiscalización SUNAT

Los plazos de prescripción fiscalización SUNAT varían según el tipo de tributo y el hecho generador. A continuación, se presentan algunos ejemplos:

Impuesto a la Renta

El plazo de prescripción para el Impuesto a la Renta es de 5 años, contados desde el día siguiente en que se vence el plazo para presentar la declaración anual.

Impuesto General a las Ventas (IGV)

El plazo de prescripción para el IGV es de 5 años, contados desde el día siguiente en que se realiza la operación que genera la obligación tributaria.

Impuesto Selectivo al Consumo (ISC)

El plazo de prescripción para el ISC es de 5 años, contados desde el día siguiente en que se realiza la operación que genera la obligación tributaria.

Impuesto al Patrimonio Predial

El plazo de prescripción para el Impuesto al Patrimonio Predial es de 5 años, contados desde el día siguiente en que se vence el plazo para pagar el impuesto.

¿Qué pasa si no me presento a una fiscalización de la SUNAT?

Si no te presentas a una fiscalización de la SUNAT, la SUNAT puede tomar las siguientes medidas:

  • Aplicar multas por no presentar la información requerida.
  • Determinar la deuda tributaria en base a la información disponible, lo que puede resultar en una mayor deuda.
  • Iniciar acciones legales para el cobro de la deuda.

Tener en cuenta que la SUNAT tiene un plazo de 12 meses para realizar una fiscalización definitiva o de 6 meses para una fiscalización parcial. Si la SUNAT no inicia la fiscalización dentro de estos plazos, la misma prescribe.

Recomendaciones para afrontar una Fiscalización SUNAT

Para afrontar adecuadamente una fiscalización de la SUNAT, tener en cuenta las siguientes recomendaciones:

  • Revisar el buzón electrónico de la SUNAT con regularidad para estar al tanto de las notificaciones de la SUNAT.
  • Identificar el plazo otorgado para presentar la información requerida y solicitar una prórroga si es necesario.
  • Presentar toda la documentación que sustente la realidad y causalidad de la operación observada , no solo las facturas y los medios de pago.
  • Solicitar la presentación de una muestra de la documentación si esta es voluminosa.
  • Presentar la denuncia policial si se solicita documentación perdida o robada.
  • Contactar a un asesor tributario para obtener orientación especializada.

¿Qué pasa si la SUNAT me notifica una fiscalización después de que haya prescrito?

Si la SUNAT te notifica una fiscalización después de que haya prescrito, puedes presentar una defensa alegando la prescripción. La SUNAT no podrá iniciar una fiscalización si el plazo ha prescrito.

¿Cómo puedo saber si la prescripción de la fiscalización SUNAT ha comenzado?

La prescripción de la fiscalización SUNAT comienza a contar desde el día siguiente en que se produce el hecho generador del tributo. Por ejemplo, si se realiza una venta el 1 de enero, la prescripción comienza a contar desde el 2 de enero.

¿Qué pasa si la SUNAT me notifica una fiscalización por una deuda que ya prescribió?

Si la SUNAT te notifica una fiscalización por una deuda que ya prescribió, puedes presentar una defensa alegando la prescripción. La SUNAT no podrá iniciar una fiscalización si la deuda ya ha prescrito.

¿Qué puedo hacer si la SUNAT me aplica una multa por no presentar la información requerida?

Si la SUNAT te aplica una multa por no presentar la información requerida, puedes presentar una reclamación ante la SUNAT. Si la reclamación es rechazada, puedes apelar la decisión ante el Tribunal Fiscal.

La prescripción fiscalización SUNAT es un tema importante que todo contribuyente debe conocer. Comprender los plazos de prescripción y las medidas que se pueden tomar para afrontar una fiscalización de la SUNAT es vital para evitar problemas legales y financieros.

Si tienes dudas sobre la prescripción fiscalización SUNAT, es recomendable que te pongas en contacto con un asesor tributario especializado.

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